El modelo 322 del IVA es un modelo individual que tiene como objetivo reconocer a cada una de las sociedades pertenecientes a un grupo de entidades y establecer sus obligaciones tributarias. Desde DevoluIVA, te lo explicamos todo sobre el modelo 322: qué es, quién está obligado a presentarlo, cómo y cuándo:
¿Qué es el modelo 322?
Este es un modelo de autoliquidación individual del IVA, lo que significa que cada una de las sociedades que conforman un grupo lo deben presentar. No olvides que el modelo 353 es el correspondiente a las autoliquidaciones agregadas que deberá presentar la entidad madre o dominante.
¿Quién está obligado a presentarlo?
No todo el mundo está obligado a presentar el modelo 322. Solo aplica a aquellos que formen parte de un grupo de entidades y hayan optado por aplicar el Régimen especial previsto en el Capítulo IX Título IX de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
¿Cómo y cuándo debo presentarlo?
El modelo 322 debe presentarse obligatoriamente de manera telemática, a través de la página web de la AEAT. También de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, siempre usando un certificado electrónico reconocido de firma electrónica.
La presentación de este modelo se realizará en los 30 primeros días naturales del mes siguiente a la finalización del correspondiente período de liquidación mensual. Pues los sujetos que forman parte del grupo de entidades deben llevar los Libros de registro a través de la Sede electrónica de la AEAT (SII).
¿Qué información necesito para rellenar este Modelo? ¿Puede hacerlo solo o necesito ayuda?
El modelo 322 es de carácter informativo, y se presenta estableciendo todos los datos correctos solicitados. Por otro lado, la devolución correspondiente se ingresa o se solicita en el modelo 353 posteriormente.
Si tienes más dudas o quieres ampliar esta información, te invitamos a que consultes la página oficial de la Agencia Tributaria.