¿Qué es el modelo 361?
El modelo 361 tiene como objetivo regular las devoluciones de las cuotas del IVA soportadas por empresas o profesionales que no tienen sede en España, ni en la Comunidad Económica Europea, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, por adquisiciones o importaciones realizadas en los anteriores territorios.
¿Quién está obligado a presentarlo?
Esta declaración no es de carácter obligatorio, sino que es un derecho al que se puede acceder, pues su objetivo es obtener de la Hacienda española la devolución de las cuotas de IVA de las adquisiciones o importaciones realizadas en nuestro país.
Ten en mente que el modelo 361 lo deberá presentar el representante residente en el territorio de la aplicación del impuesto nombrado por el solicitante.
¿Cómo y cuándo debo presentarlo?
El modelo 361 puede presentarse telemáticamente, a través de la página web de la AEAT, por el representante residente en el territorio de aplicación del impuesto.
Es de gran importancia que, antes de presentar esta declaración, presentes a la Oficina Nacional de Gestión Tributaria por correo certificado, los siguientes documentos:
- Certificación donde se especifique el solicitante, y que acredite que realiza actividades empresariales sujetas al IVA en el periodo de la solicitud.
- Poder de representación original (en castellano) otorgado a favor de un representante residente en el territorio.
La presentación de este modelo siempre es a partir del día en que se soportó el IVA. Los plazos se comprenden:
- A partir del día siguiente al final de cada trimestre natural, o sea, el día 91 del trimestre, hasta el 30 de septiembre siguiente al año natural en el que se hayan soportado las cuotas del IVA.
- A partir del día siguiente al final de cada año natural hasta el 30 de septiembre siguiente al año natural en el que se hayan soportado las cuotas del IVA.
¿Qué información necesito para rellenar este Modelo? ¿Puede hacerlo solo o necesito ayuda?
Para presentar el modelo de declaración 361 es necesario tener a mano el NIF y estar registrado previamente en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Recuerda que debes estar dado de alta en el Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras para declarar el IVA con este modelo.
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Consulta la página de la Agencia tributaria para más información.