El modelo 349 es una declaración informativa necesaria para todas aquellas empresas que comercien con países dentro del marco de la comunidad económica europea. Conocer los detalles de este modelo y saber las consecuencias de no presentarlo bien o hacerlo a destiempo es esencial para cualquier compañía. Por eso, desde DevoluIVA os resolvemos las dudas más frecuentes en relación al modelo 349. ¡Allá vamos!
¿Qué es el modelo 349?
Este modelo es una declaración de carácter informativo, que refleja las entregas y/o adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios. Ten en mente que el modelo 349 también engloba aquellas entregas en otros estados miembros cuyas adquisiciones estén exentas en el marco de las operaciones triangulares y envío de mercancías, producto de acuerdos de venta de bienes en consigna (según el artículo 79 del Reglamento Impuesto sobre el Valor Añadido).
¿Quién está obligado a presentarlo?
Deberás presentar el modelo 349 si has realizado alguna de las siguientes operaciones:
- Adquirir bienes a empresas situadas en países miembros de la UE
- Vender bienes a empresas situadas en miembros de la UE
- Prestar servicios a miembros de la UE
- Adquirir servicios a miembros de la UE
- Realizar entregas de bienes consecuentes de adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares
- Vender y transportar bienes a otros estado miembro en el marco de un acuerdo de ventas de bienes en consigna.
¿Cómo y cuándo debo presentarlo?
Existen dos posibles casos para la presentación del modelo 349:
- En casos generales: La declaración se presenta cada mes, durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente.
- En casos particulares: La declaración se presenta cada trimestre, durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente. Ten en mente que esto sucederá siempre y cuando, ni durante el trimestre actual ni en cada uno de los cuatro trimestres anteriores el importe total de las entregas intracomunitarias no sea superior a los 50.000€ sin contar el IVA. Si esta cantidad se supera, deberás presentar una declaración recapitulativa para el mes o meses desde el comienzo de dicho trimestre, por lo que es posible que en este caso debas realizar una declaración bimensual.
El modelo 349 puede presentarse telemáticamente, a través de la página web de la AEAT. También de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
¿Qué información necesito para rellenar el modelo 349?
Como hemos comentado anteriormente, el modelo 349 es una declaración informativa intracomunitaria. Por lo tanto, necesitarás el nombre y el NIF-IVA del proveedor o cliente, al igual que el importe de la operación.
Es de gran importancia que para declarar el modelo 349, estés suscrito al Registro de Operadores intracomunitarios (ROI), ya que sinó no podrás realizar este tipo de operaciones. Es imprescindible que también todos los operadores con los que trabajas estén dados de alta en ese mismo registro, ya que de no estarlo, las facturas emitidas habrían de contener el IVA repercutido.
Si tienes más dudas o quieres ampliar esta información, te invitamos a que consultes la página oficial de la Agencia Tributaria.